Escoltas ex Presidentes de la República deben ser asignados por una ley

Los militares y policías que sirvan como seguridad de los ex Presidentes Constitucionales de la República, deberían ser asignados por una ley que sea aprobada por el Congreso Nacional.

De la manera que son asignados actualmente es mediante la emisión de un decreto, que puede ser modificado por el Presidente de la República. Por eso no es raro que un ex Presidente continúe con la misma persona que era su jefe de ayudantes militares.

El Decreto No. 397, dictado en fecha 11 de noviembre de 1978 por el Presidente Antonio Guzmán, se dice que el número de escoltas se establece en once (11) miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, incluyendo oficiales y alistados.

Luego de la muerte trágica del Presidente Guzmán, el siguiente periodo constitucional lo preside Salvador Jorge Blanco. En este gobierno, de apenas cuatro (04) años, se modificó este decreto tres (03) veces, los cuales veremos a continuación.

Mediante el Decreto No. 3387, de fecha 9 de octubre de 1985, se establece un total de 24 miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. Dicha escolta será comandada por un Oficial Superior y los demás miembros ostentarán los siguientes rangos: 2 oficiales subalternos; 4 sargentos; 4 cabos y 13 rasos.

El Decreto No. 182-86, de fecha 7 de marzo de 1986, aumenta a 36 miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. Esta escolta era comandada por un Coronel y estará formada por tres (03) Oficiales Superiores, ocho (08) Oficiales Subalternos y veinticuatro (24) Alistados.

A través del Decreto No. 537-86, de fecha 30 de junio de 1986, se fija en cuarenta (40) miembros de las Fuerzas Armada y de la Policía Nacional. La escolta será comandada por un Coronel y estará formada además por cinco (05) Oficiales Superiores, diez (10) Oficiales Subalternos, y veinticuatro (24) Alistados.

Luego de todo esto, vuelve de nuevo el Dr. Joaquín Balaguer al poder. Casi inmediatamente, promulga el Decreto No. 1110-86-333, en fecha veinte (20) de octubre de 1986. Este establece que estará compuesta por veinte (20) miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, e integrada de la manera siguiente: un Oficial Superior quien la comandará, tres (03) Oficiales Subalternos y dieciséis (16) Alistados.

Cuando termina el Dr. Balaguer su gobierno, lo releva el Dr. Leonel Fernández. Aquí comienza el desorden. Dada la situación de salud que vivía el Dr. Balaguer, se cometió el error de dejarle su escolta, incluyendo su jefe, que era Mayor General.

Su jefe de escolta podía ser un Coronel, aunque el Mayor General colocado en retiro le podía brindar los cuidados que eran requeridos.

Y por ahí siguió la fiesta. Luego viene el Ing. Hipólito Mejía. En este gobierno no se produjeron cambios, pues a través del Decreto No. 782-02, de fecha nueve (09) de octubre del año 2002, se mantiene igual la escolta de los ex Presidentes.

Pero tampoco se cortó la mala imagen se comenzó a implementar cuando se le dejó a Balaguer un Mayor General como jefe de escolta.

Hasta aquí paro la búsqueda, por lo puede ser que haya más decretos. Pero no voy a continuar buscando, pues no vale la pena.

Ahora, es posible que alguien pueda contestarme la siguiente pregunta: ¿en qué lugar del Estado está establecido que un ex Presidente le corresponda un Mayor General como seguridad?

Definitivamente, dudo que haya una respuesta satisfactoria, pero creo que es el momento de sentarse a discutir este tema. Particularmente, creo que un Coronel es más que suficiente para jefe de escolta de un ex Presidente de la República.

No se puede seguir como estamos. Si hay un Mayor General como jefe de escolta, cuántos Generales de Brigada existen en la escolta de un ex Presidente.

Y también en la de los ex Vicepresidentes, que entiendo debería el jefe un Teniente Coronel.

En conclusión, creo que hasta tanto el Congreso decida, el Presidente Luís Abinader debe tomar una decisión y poner el orden en este desorden. Sólo tienen que aprender del ejemplo que nos dan otras naciones.


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