Rechazo a alianza PNVC-PRD evidencia serias diferencias en Tribunal Superior Electoral
Santo Domingo.- El presidente del Tribunal Superior Electoral, Mariano Rodríguez, afirmó, en un voto disidente y motivado contra la sentencia que anula el pacto entre el Partido Nacional de Veteranos y Civiles (PNVC), y el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), que el PNVC sí cumplió con los requisitos de mayoría de electores en la XXXV asamblea que declaró a Hipólito Mejía como su candidato presidencial.Rodríguez expresó en el referido voto disidente que ese Tribunal, al decidir por mayoría simple, no tomó en consideración que el PNVC cumplió con los requisitos de mayoría en cuanto a la conformación de lista de electores internos, de publicidad de su convención y agenda determinada para dicha convención.
Por lo que consideró que las razones para anular el padrón electoral de dicho partido partieron de premisas “erróneas” pues, según cita en el voto disidente, el proceso de restructuración, según los documentos que reposan en el TSE, fue iniciado con antelación al plazo mínimo que establece el estatuto.
“Lo que en lugar de ser una violación a sus normas internas constituye un cumplimiento mas allá de lo mínimamente exigido”, expresó el magistrado en el voto disidente.
Rodríguez explicó que la razón por la que objeta la decisión del TSE es por considerarla “una violación al derecho fundamental del sufragio”, por considerar que con dicha decisión se está violentando el artículo 62 de la ley electoral 257-97, que especifica que todos los partidos tienen derecho a aliarse y coaligarse para presentar candidaturas comunes.
“El PNVC, en el ejercicio de este derecho, pactó alianza con otra organización política, lo que ha quedado anulado por efecto de la decisión comentada, sin que se pueda restablecer, debido a que el plazo venció el día 6 de marzo del presente año 2012” expresó el presidente del máximo Tribunal de elecciones.
Rodríguez fue enfático en el referido voto disidente al afirmar que las razones expuestas para anular la convención del PNVC de fecha 19 de febrero del 2012, “son infundadas, carentes de base legal y contrarias a las normas que componen el bloque constitucional que garantiza el derecho fundamental del sufragio”.
“Con el rechazo del padrón de delegados remitido por la Junta Central Electoral y en consecuencia, la anulación de la convención, sin haber sido aportados los documentos que sustentan dichas pretensiones, se está sentado un precedente negativo que deviene en el detrimento de la institucionalidad, no solo del PNVC sino también de todas las organizaciones que conforman el sistema político dominicano”, concluyó el magistrado el voto disidente.
El Tribunal Superior Electoral declaró nula la XXXV Convención Extraordinaria Nacional de delgados del Partido Nacional de Veteranos y Civiles (PNVC) en la que proclamaron a unanimidad la candidatura de Hipólito Mejía en las elecciones del 20 de mayo próximo, en una sentencia emitida este viernes, 9 de marzo.
“Declara nulo y sin ningún valor ni efecto jurídico el Padrón Oficial de delegados utilizados en la XXXV convención del Partido Nacional de Veteranos y Civiles (PNVC), por violación al artículo 41 de los estatutos partidarios”, consideró el TSE.
Los jueces electorales determinaron que la XXXV Convención del PNVC del día 19 de febrero no tiene valor jurídico porque el padrón oficial era de 326 delegados, sin embargo se registró una diferencia abismal de 548 delegados.