Poder Ejecutivo “barrió” con subdirectores del IDAC

Aeropuerto Internacional Las Américas JFPG.- Siete subdirectores del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) fueron cancelados, de doce con los que contaba esa institución, a través de una medida presidencial que de manera extraña no se dio a conocer a la opinión pública.

El Decreto No. 461-11, de fecha 15 de agosto de 2011, ratifica como subdirectores del IDAC a Santiago Rosa Martínez, Eliseo Zorrilla (Cheo), Anita Agustina Sifres Nuñez, José Váldez, y a Iris Margarita Vásquez Medina; a la vez que deroga todas las designaciones de subdirectores que no fueron ratificadas por el mismo.

Han quedado cesantes el General de Brigada Piloto (r) José Antonio de los Santos Sánchez, de la Fuerza Aérea Dominicana, investido con el Decreto No. 446-08 de fecha 2 de septiembre de 2008; la Lic. Yolanda Artiles, designada con asiento en Puerto Plata mediante el Decreto No. 389-08 de fecha 25 de agosto de 2008, en sustitución de Eddy Brugal (fallecido); Fernando Arturo Castillo R., nombrado a través del Decreto No. 386-08, en fecha 25 de octubre de 2008; y el señor Luís Solís, favorecido con el Decreto No. 588-08 de, fecha 20 de septiembre de 2008.

De igual modo quedaron cancelados los nombramientos de los licenciados Manuel Enrique Brito, Máximo Ceballos, y José Betances; todos designados mediante El Decreto No. 568-08, de fecha 16 de septiembre de 2008, y reconocidos como cercanos colaboradores del licenciado José Tomás Pérez, pasado director del IDAC. José Betances estaba designado con asiento en la Provincia de Santiago.

El último que se agrega a la lista es el licenciado Víctor Minaya, cuya cancelación ha causado gran sorpresa en la comunidad aeronáutica debido a que estaba recién nombrado en esa posición; en adición a que se le reconoce una gran experiencia y capacidad en los asuntos aeroportuarios.

Al General (r ) de los Santos Sánchez, también ex Director de la Defensa Civil, nunca se le asignaron funciones ni oficinas, a pesar de su sólida experiencia y formación técnica y profesional en el sector aeronáutico.

No obstante la ley que rige la aviación civil, No. 491-06, establece los requisitos para ocupar dichas posiciones dentro del IDAC, la mayoría de estos Subdirectores son totales desconocedores y sin experiencia en los temas especializados de la aviación civil, en franca violación a los mandatos de dicho instrumento jurídico.


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