Niños y ancianos no pagarán pasaje de transporte en Honduras

Tegucigalpa.- Los niños menores de cinco años y los adultos mayores de 70 no pagarán pasaje en el transporte público, según lo dispuestos en el dictamen de la Ley de Transporte Terrestre.

De igual manera se propone que usen las unidades de forma gratuita los agentes de la Policía Nacional y de otros cuerpos de seguridad del Estado que se encuentren en servicios, porten su uniforme y estén debidamente identificados.

El mismo beneficio aplicaría para los empleados de la Inspectoría de Transporte, que el dictamen de la norma propone crear.

Las personas que presenten retos especiales, es decir que tengan alguna discapacidad física o mental, tengan alguna complicación de salud, entre otros, también no pagarán pasaje.

Estos auxilios están contemplados en el artículo 72 de la propuesta de ley que esta semana se prevé será aprobada en el Congreso Nacional.

La tarifa del taxi de punto cuesta 13 lempiras, mientras que los taxis de carreras directas cobran dependiendo la distancia que se recorrerá.

Por su parte, los buses grandes, conocidos como amarillos, de ruta urbana tienen una tarifa de cuatro lempiras, el pasaje de los rapiditos es de 11 lempiras y el de los ejecutivos 11 lempiras.

Las unidades deberán disponer de dos asientos debidamente rotulados próximos a las puertas de abordaje para uso preferencial de discapacitados, adulto mayor, mujeres embarazadas y madres lactantes. La actual Ley de Transporte Público Terrestre data del 17 de febrero de 1976.

Fijación de tarifas

En el dictamen se consigna la creación del Instituto de Transporte Público, que sustituiría a la Dirección General del Transporte, y que se encargaría de fijar las tarifas del rubro.

Para establecer las tarifas, el Instituto previamente realizará estudios técnicos que combinará con una fórmula .

En el estudio para aplicar las tarifas se tomarán en cuenta variables como depreciación de las unidades, combustibles y lubricantes, seguro vehicular obligatorio, costo por peajes, cargas tributarias y tasas, entre otras, así como en consideración de una utilidad razonable y “acorde a la realidad nacional”.

El pago de las tarifas se podrá hacer en efectivo, mediante tarjeta electrónica o con otros mecanismos que se establezca en la ley.

Deberes y derechos

El dictamen define que existirá el Servicio de Transporte Público (STP), que se brindará para satisfacer la demanda de transporte de personas y carga en vehículos automotores con placas de alquiler.

También se crea el Servicio de Transporte Especial (STE), que se prestará para estudiantes, trabajadores, grupos sociales y religiosos, transporte privado de carga y otros .

Los usuarios y operadores del STP y STE estarán obligados a cumplir ciertas disposiciones que de incumplirse se exponen a ser sancionados.

Para el caso, se establecen 19 tipos de infracciones graves como, por ejemplo, que el operador ponga a funcionar una unidad sin el permiso de operación y conducir bajo el efecto de las drogas o bebidas alcohólicas.

Esta falta se sancionará con un salario mínimo cuando se cometa por primera vez y dos salarios mínimos y el decomiso de la unidad, en caso de que incurra por segunda vez en esta infracción.

Se consideran infracciones leves que el conductor trate de forma grosera a los pasajeros o expresarse con vocabulario dentro y fuera de la unidad.

La falta leve implica una sanción de medio salario mínimo cuando se comete por primera vez y con un salario mínimo uando reincide por segunda vez.

Fuente: http://www.elheraldo.hn/


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