Manifiestan reflexiones sobre ley que ampara asociaciones sin fines de lucro
Santo Domingo.- Instituciones deportivas y recreativas privadas y religiosas que pudieran no cumplir los requisitos para asociaciones sin fines de lucro estarían siendo beneficiarias de exoneraciones, pese a que no ofrecen ninguna ayuda social a terceros.Esta fue una de las reflexiones manifestadas este jueves sobre la Ley 122-05 que crea esas asociaciones en el primero de tres talleres regionales convocado por el Centro Nacional de Fomento y Promoción de las Asociaciones sin Fines de Lucro, dependencia del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, en la sala de conferencias del Ministerio de Hacienda.
En los documentos distribuidos a los participantes se recuerda que la creación de este tipo de asociaciones puede obedecer a razones distintas, y no necesariamente para pretender fondos públicos, realizar convenios con entidades públicas o participar en contrataciones públicas con aval estatal.
Aclararan que aunque la Ley 122-05 no hace en uno de sus artículos una referencia específica a cuáles han de ser los requisitos y condiciones que deben reunir las asociaciones sin fines de lucro que opten por tal calificación, a lo largo de su texto figuran exigencias mínimas que el Centro Nacional debe contemplar cuando elabore la normativa.
En el tema sobre la creación y finalidad de esas instituciones, en el taller se reflexionó además sobre la necesidad de resolver confusiones de definiciones en la Ley o su Reglamento (Decreto 40-08).
En la actividad participan delegados de todo el país, representantes de la Procuraduría General de la República y de la Dirección General de Impuestos Internos.
La apertura de este primer taller en el Distrito Nacional, que será repetido el viernes en Santiago y el lunes en Azua, estuvo a cargo del director ejecutivo del Centro, Alberto Perdomo, y Alejandro Jiménez, del Programa de Gestión Orientado a Resultados (PRODEV), quien auguró éxito a los asistentes.