Los puntos claves del proyecto de la reforma a la Constitución
Mientras el presidente Luis Abinader confirmó el 16 de agosto como la fecha en que someterá la modificación de la Constitución, ayer se dio a conocer el borrador del proyecto que busca, entre otros puntos, que el procurador sea electo por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), órgano del cual dejará de ser miembro.
Sería la ocasión número 40 que la Ley Sustantiva sea cambiada. Esta vez, se modificará el artículo 81, sobre la Cámara de Diputados. La pieza plantea que sus miembros sean reducidos de 190 a 137.
Estos tendrían 68 por circunscripciones para que sean solo 110; aumenta a 20 los diputados nacionales y mantiene en siete a los del exterior. Entre los objetivos que se buscan está ahorrar gastos, indicó Abinader.
En la actualidad, cada diputado cobra un salario de un poco más de RD$175,000, más otros beneficios, como combustible, seguridad y bonos en fechas específicas.
En cuanto al debatido tema del Ministerio Público independiente, la pieza plantea la alteración del artículo 166, para que, en vez de Procurador General Administrativo, este sea llamado Abogado General de la Administración Pública. El documento precisa que este será el titular de la Oficina del Abogado General de la Administración Pública, dependencia del Poder Ejecutivo.
Además, se plantea que el Procurador General de la República sea inamovible durante cada período presidencial y que solo pueda ser destituido por juicio político, en caso de faltas.
De igual manera, el artículo 171 será modificado para que, en vez de que lo escoja el presidente, el procurador sea seleccionado por el CNM.
Actualmente, los miembros del CNM son, además de Abinader, Ricardo de los Santos, presidente del Senado; Alfredo Pacheco, presidente de la Cámara de Diputados, Luis Henry Molina, titular de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y Nancy Salcedo, jueza de la SCJ. También, la procuradora Miriam Germán Brito; el senador Bautista Rojas Gómez y el diputado Víctor Fadul. Estos tres últimos serán sustituidos, puesto que no seguirán en sus cargos a partir del 16 de agosto. Además, se plantea que el procurador no debe pertenecer al CNM, según la modificación del artículo 178.
Las disposiciones transitorias
De igual manera, la disposición transitoria vigésima segunda que las elecciones del 2028 sean celebradas de modo separado e independiente: las de presidente, vicepresidente, el Congreso sean el tercer domingo de mayo, mientras que las de las autoridades municipales serán el tercer domingo de febrero.
La tercera disposición transitoria vigésima tercera será para disponer que, por excepción a lo dispuesto en el artículo 274, las autoridades municipales electas el tercer domingo de febrero de 2024 terminarán su ejercicio electivo el 24 de abril de 2028.
Además, otra disposición señala que se asigne un ente u órgano del Poder Ejecutivo la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, esta responsabilidad seguirá recayendo sobre el Ministerio Público.
La vigésima quinta será con el objetivo de que, hasta tanto la “ley correspondiente establezca la forma en que será designado el Abogado General de la Administración Pública. Este será nombrado mediante decreto del presidente de la República”.
Y la vigésima sexta que planea el Poder Ejecutivo será a fin de que, en un plazo máximo de cuatro años, se elaboren, de la manera adecuada y se aprueben todas las leyes requeridas en virtud de esta reforma constitucional o que se encuentren pendientes en virtud de cualquier reforma constitucional anterior.
Fuente: https://www.diariolibre.com/