Intrant regulará las plataformas de taxis que operan en RD
Las empresas de taxis por plataformas tecnológicas que operan en República Dominicana deberán prestar servicio a no menos de un kilómetro de distancia del área donde prestan servicio los taxis turísticos tradicionales.
Sus servicios no podrán ser prestados a no menos de un kilómetro de la puerta principal de los hoteles de las regiones este y norte y de 200 metros en el Gran Santo Domingo.
Las medidas están contenidas en la Normativa Técnica del Servicio de Transporte de Taxis, un documento público de consulta emitido por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) en su página web el pasado lunes al que se le podrán hacer comentarios, observaciones y sugerencias hasta el próximo viernes.
La normativa también contempla que esas empresas deberán registrar ante el Intrant de forma obligatoria la dirección de una oficina que la represente en República Dominicana, el nombre de su representante legal, el cual tendrá que estar soportado en un poder que tendrá que ser depositado en la institución, además de sus documentos constitutivos, el Registro Nacional de Contribuyente y listados de sus conductores registrados y autorizados a través de un carnet emitido por esa institución e informarle la salida de cualquiera de estos, sobre todo en los casos en que sea por mal comportamiento.
La disposición contempla que las compañías de taxis por plataformas tendrán la obligación de tener una póliza de responsabilidad civil que cubra riesgos por muerte o lesiones e incapacidad temporal o permanente.
En tanto que los vehículos en que prestan servicio las empresas de taxis por plataforma no pueden exceder los 15 años de fabricación.
De igual forma deben tener su pintura, frenos, neumáticos y juego de luces y otras características en buen estado.
La disposición establece que las empresas tendrán un plazo de tres meses para cumplir con los requisitos señalados.
Dieron plazo
La pasada semana el Gabinete de Turismo de la República Dominicana informó a las empresas prestadoras de servicios de transporte turístico a través de plataformas tecnológicas, a todos sus operadores y a la ciudadanía que otorgó un plazo de 15 días a los asociados de estas compañías para que se registren y puedan operar en las zonas turísticas.
El requerimiento tiene la finalidad de evitar la ocurrencia de incidentes violentos como los que se han originado cuando conductores de aplicaciones llegan a recoger turistas o nacionales que están en los lugares.
Fuente: https://www.diariolibre.com/