Así es la nueva ley de movilidad 2022 en México

Ayer se publicó en la Diario Oficial de la Federación la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, por lo que, partir de hoy 18 de mayo ya está vigente a nivel nacional. Sí, así como lo lees, se aplicará en todo el territorio nacional.

Entre los temas que contempla la nueva ley están: alcoholímetro a nivel nacional, exámenes prácticos obligatorios, los límites de velocidad y la prohibición de utilizar el celular o cualquier otro dispositivo mientras se conduce.

Sin embargo, se dejaron de lado algunos otros temas: no hay regulación del transporte de carga, ni tampoco obligatoriedad de contar con seguro, por ejemplo.

La ley busca garantizar el derecho de toda persona a trasladarse y disponer de un sistema de movilidad de calidad, suficiente y accesible que permita el desplazamiento de personas, bienes y mercancías.

Para que no te agarre desprevenido la entrada en vigor de la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, aquí hacemos un recuento de los puntos principales que deberás tomar en cuenta al circular por cualquier parte de México.

Límites de velocidad

La nueva ley estableció las medidas mínimas de circulación que se deberán incluir en los reglamentos de tránsito de cada entidad y municipios, por ello se limitaron las velocidades de la siguiente forma:

• 30 km/h en calles secundarias y calles terciarias

• 50 km/h en avenidas primarias sin acceso controlado

• 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado

• 80 km/h en carreteras estatales fuera de zonas urbanas; 50 km/h dentro de zonas urbanas

• 110 km/h para automóviles, 95 km/h para autobuses y 80 km/h para transporte de bienes y mercancías en carreteras y autopistas de jurisdicción federal

A esas velocidades se agregó que ninguna intersección podrá exceder de los 50 km/h en cualquier acceso.

La nueva ley también señala que las vías deberán contar, por diseño, con las características, señales y elementos necesarios para que sus velocidades de operación sean compatibles con el diseño y con las personas usuarias de la vía que en ella convivan.

Alcoholímetro en todo México

Ahora se establece como obligación de las entidades federativas y los municipios la realización de pruebas de alcoholemia (“alcolímetro”) de manera permanente, esto tiene como objetivo evitar que se conduzca cualquier tipo de vehículos bajo el efecto del alcohol.

Por ello, en la prueba del alcoholímetro no se deberá rebasar 0.25 mg/L en aire espirado o 0.05 g/dL en sangre para poder conducir un auto particular.

En cuanto a las personas que conduzcan motocicletas queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 0.1 mg/L en aire espirado o 0.02 g/dL en sangre, mientras que en el caso de vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga, queda prohibido conducir con cualquier concentración de alcohol por espiración o litro de sangre.

Sin embargo, en cada entidad, las autoridades competentes establecerán en sus respectivos reglamentos de tránsito las sanciones o multas que deberán cumplir las personas que sean sorprendidas manejando bajo el influjo del alcohol o cualquier droga, psicotrópico o estupefaciente.

Ya sea que se les retire la licencia o permiso para conducir por un periodo no menor a un año y por un periodo no menor a seis meses en caso de conductores de transporte público o transporte de carga.

Uso de teléfono celular

En esta nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial queda estrictamente prohibido hablar por teléfono o desde cualquier otro dispositivo electrónico o de comunicación, así como leer y/o enviar mensajes de texto por medio de cualquier tipo de dispositivo electrónico, salvo que se realice mediante manos libres.

La prohibición no abarca a los conductores de algún servicio de transporte, quienes podrán utilizar el celular si es necesario, siempre y cuando esté debidamente colocado en un sujetador que facilite su manipulación y que no obstaculice la visibilidad al conducir.

Otras básicas para tomar en cuenta

Además de las arriba mencionadas, la nueva ley también especifica lo siguiente:

• Uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motos

• La utilización del cinturón de seguridad de forma obligatoria para todos los pasajeros de vehículos motorizados

• Cualquier persona menor de 12 años o que por su constitución física lo requiera, deberá viajar en los asientos traseros con un sistema de retención infantil o en un asiento de seguridad

Además, prepárate y estudia porque la ley ahora contempla que todas las personas que realicen el trámite para obtener o renovar una licencia o permiso de conducir, deberán acreditar el examen de valoración integral que demuestre su aptitud para ello.

Eso incluirá un examen teórico y otro práctico de conocimientos y habilidades necesarias. Las pruebas deberán realizarse antes de la fecha de expedición o renovación de la licencia o permiso.

Aunque, por el momento, todavía no hay un proceso a seguir, pero la ley sí dice que los estados y la federación ahora estarán encargados de construirlos.
Ya entrada en vigor la nueva ley, los estados tendrán hasta seis meses para crear o modificar sus leyes para que estén de acorde con la federal.

Fuente: https://www.xataka.com.mx/


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