ASCA del IDAC: ¿improvisación o planes ocultos?

Luego de publicar el artículo pasado, de fecha 18 de abril 2017, decidimos dar el tiempo necesario para que algunos técnicos y leguleyos, emitieran su opinión respecto a la Academia Superior de Ciencias Aeronáuticas (ASCA) del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC).
Por tal razón no mencionamos el Articulo 65 de la Ley 491-06 en su Sección XII, ESCUELAS DE ENTRENAMIENTO ‘autoridad para operar’.

Vamos analizar lo siguiente ¿bajo qué concepto se imparten los diferentes cursos de la ASCA y con qué fin? Viendo primero cual es o seria el objetivo de la academia según la Ley.

Artículo 65. El Director o Directora General puede dirigir una escuela o escuelas, con el propósito de entrenar a los empleados del Instituto Dominicano de Aviación Civil en los asuntos que sean necesarios para lograr el desenvolvimiento apropiado de todas las funciones autorizadas de este Instituto. También puede autorizar la asistencia a los cursos que sean impartidos en dichas escuelas a otro personal gubernamental y por personal de gobiernos extranjeros, o por personal de la industria aeronáutica’.

Visto este articulo queda claro que su objeto de existencia de la ASCA se circunscribe exclusivamente a entrenar los empleados del IDAC, es clara y no necesita un científico para interpretar esto. Por tal razón se forman controladores de tránsito aéreo, por que el IDAC es un prestador de servicios y se justifica la capacitación de todo personal que resulte pertinente para tales fines.

Ahora nos surge una pregunta; ¿se planifica realmente la necesidad de controladores aéreos necesarios para la República Dominicana, para los próximos años?, bueno esa pregunta seguramente no tiene respuesta, ya que la tasa de retiro y pensión no se corresponde con la taza de egresados de la Academia. Por eso podría ser que estamos ante una posible improvisación.

Unos de los principales problemas es que el mismo artículo 65 deja claro que todos los cursos deben de realizarse bajo la ‘necesidad y pertinencia de la institución para lograr el desenvolvimiento apropiado de todas las funciones autorizadas’ por la Ley. Lo que quiere decir que se debe limitarse exclusivamente a detectar las necesidades de capacitación del IDAC y elaborar su programa académico, conforme a esas necesidades.

Si analizamos los cursos impartidos por la academia, ‘el curso Técnico Superior en Administración Aeronáutica’ o crear la ‘Escuela de Técnico de Mantenimiento de Aeronaves’ NO DEJA CLARO cuál es la intención. Esta confusión surge ante la realidad de que si realmente esos cursos responden a la necesidad de la institución, tomando en consideración que hasta la fecha nadie sabe si el IDAC tiene la intención de ser una competencia de la industria ‘implementando algún taller de mantenimiento y que por ello se justifica la capacitación y formación de técnicos de mantenimiento y que por cierto esas personas ya laboren en la institución’. Decimos esto partiendo de que se imparte un curso ya y se tiene la intención de impartir el otro, no es que sea el caso en cuestión, ¡pero llama la atención la intención!

En cuanto a lo dispuesto de que ‘también se puede autorizar la asistencia a los cursos que sean impartidos en dichas escuelas a otro personal gubernamental y por personal de gobiernos extranjeros, o por personal de la industria aeronáutica’ asumimos que en cumplimiento de la Ley, esos cursos ya fueron elaborados con la única intención de brindar entrenamiento y cubrir con la necesidad de capacitación del personal de la institución, pero no de la INDUSTRIA. Ponemos de ejemplo; Vigilancia, Aeródromos, Sistema de Gestión de Seguridad Operacional (SMS), Sistema de Gestión de Seguridad Operacional del Estado (SSP), Certificación, entre otros y se le puede permitir su asistencia a la Industria Aeronáutica, siempre que cubra el pago de ser necesario.

Ahora más que nunca necesitamos el ASCA, nadie más que la Industria Aeronáutica Nacional podría decir lo mismo, por eso la importancia de otorgarle personalidad jurídica e independencia administrativa del IDAC, para sacarle el máximo provecho posible por todos a uno de los activos más valiosos que tenemos y que debemos conservar en el tiempo.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

*